Una vez tomada la decisión y tras elegir la vivienda soñada, hay que seguir diferentes pasos para ser propietario.
1º.- Comprobar en el Registro de la Propiedad que el vendedor es realmente el titular registral de la vivienda.
2º.- Contrato de compraventa con arras.
Una vez acreditada la titularidad, se firma el contrato privado de compraventa con arras, exigiéndose una cantidad de dinero para señalizar la compra y así, asegurarse la parte vendedora que el comprador no se echará atrás. En este punto hay que tener en cuenta las distintas modalidades de arras: confirmatorias, penales o penitenciales, pues dependiendo de su clase podrás desistir o no del contrato.
3º.- Escritura pública de compraventa.
Para continuar con el proceso y devenir propietario legal de la vivienda es necesario acudir a un Notario para que eleve a escritura pública el contrato privado previamente firmado por las partes.
4º.- Impuestos que gravan la compraventa.
Una vez firmada la escritura pública se generan los siguientes impuestos:
– Para el vendedor: Impuesto sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana, popularmente llamado “plusvalía”.
– Para el comprador: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
5º.- Registro de la Propiedad.
La inscripción de la escritura pública en el Registro de la Propiedad garantiza que la titularidad de la vivienda a favor del comprador se acredite frente a todos, protegiéndole frente a posibles fraudes.
6º.- Gastos.
Otros gastos anejos a la compra de un piso, que en la práctica asume el comprador, son: gastos de Notaría, del Registro de la Propiedad y de gestión (cuando se encargan estos trámites a una Gestoría).