El Consejo de Ministros ha aprobado un mecanismo extrajudicial para reclamar por las cláusulas suelo. Todas aquellas personas que se han visto beneficiadas por la sentencia de TJUE que falló a favor de la retroactividad total podrán exigir que se les reembolse lo cobrado de más. El sistema trata de evitar el colapso de los Juzgados y promover la agilidad en el proceso de reembolso.
Cómo afecta a la Banca
El Real Decreto ha entrado en vigor este mes de febrero y obliga a los bancos españoles a informar a sus clientes de la puesta en marcha de este sistema y de la opción de acogerse a él. Además, será obligatorio para la entidad proponer en primer lugar una oferta en metálico. Sin embargo, el banco tiene la potestad de decidir qué clientes se pueden adherir a este marco extrajudicial.
Los afectados por la cláusula suelo
Quienes deseen reclamar por la cláusula suelo de su hipoteca podrán hacerlo formalmente en su entidad sin ningún coste. El cliente no tiene la obligación de aceptar la oferta del banco y tiene 15 días para dar una respuesta. Si se llega a un acuerdo, el banco tiene un plazo máximo de tres meses para reembolsar al cliente lo cobrado de más.
Reclamación por vía judicial
Si el cliente no acepta la oferta del banco, podrá realizar la reclamación en los Juzgados. No obstante, en caso de que el banco sea condenado a pagar menos de lo ofrecido antes de ir a juicio, el cliente correrá con las costas judiciales.