El pasado día 23 de enero se publicó en el Boletín Oficial del Estado la resolución del 22 de enero del Congreso de los Diputados, que ordenaba la publicación del acuerdo de derogación del Real Decreto-Ley 21/2018, de 14 de Diciembre, de Medidas Urgentes en materia de Vivienda y Alquiler.
La derogación tuvo lugar porque en el Congreso de los Diputados no obtuvo la mayoría necesaria para su convalidación.
Este Real Decreto-Ley se publicó el pasado 18 de diciembre del 2018 y entró en vigor al día siguiente. De las modificaciones que introducía hablamos en otros artículos.
Respecto a las consecuencias de esta derogación:
Los contratos anteriores al Real Decreto-Ley se siguen regulando por la Ley de Arrendamientos Urbanos en su versión del 2013.
Los contratos firmados durante su vigencia esto es, desde el 19 de diciembre hasta el 24 de enero, se regirán por la normativa del Real Decreto-Ley.
Y los contratos de arrendamiento de vivienda que se firmen a partir del 24 de enero se regirán por la Ley de Arrendamientos Urbanos conforme a la modificación del 2013.
Por último, recordar que como se deroga todo el Real Decreto-Ley, la normativa en materia de exención del pago del ITP también se deroga, por lo que deberá liquidarse este impuesto.